Aqui no se si 100 mW es o no legal.
La potencia a la que hace alusión la reglamentación es la "potencia radiada", vamos que segun saque tu transmisor, sumado a la ganancia de la antena, es lo que cuenta.
Ya sabeis que si la ganancia de la antena es de ciertos decibelios,puede considerarse que se duplica o triplica la potencia de salida del transmisor. Se obtiene con una formula.
Y la potencia que arroja esa formula es la que vale.
Si no posees antena dedicada, si no que emites con una varilla telescopica, la potencia de salida del transistor es la que cuenta.
Saludos.
La potencia a la que hace alusión la reglamentación es la "potencia radiada", vamos que segun saque tu transmisor, sumado a la ganancia de la antena, es lo que cuenta.
Ya sabeis que si la ganancia de la antena es de ciertos decibelios,puede considerarse que se duplica o triplica la potencia de salida del transmisor. Se obtiene con una formula.
Y la potencia que arroja esa formula es la que vale.
Si no posees antena dedicada, si no que emites con una varilla telescopica, la potencia de salida del transistor es la que cuenta.
Saludos.